Precisiones para el funcionamiento de las Comisiones Científicas Departamentales

Guidelines for Departmental Scientific Commissions

Linnet María Álvarez-López

linnetma@sma.unica.cu

Odalys Fis-Díaz

odalysfd@sma.unica.cu

Manuel Soto-Díaz

manuelsd@sma.unica.cu

Universidad de Ciego de Ávila Máximo Gómez Báez, Cuba.

 

Educación y Sociedad

Vol. 16, No.2, Mayo-Agosto de 2018 (79-89)

ISSN: 1811- 9034 RNPS: 2073

Resultado del trabajo científico-metodológico.

Recibido: 26 de octubre de 2017

Aprobado: 21 de marzo de 2018

Publicado: 5 de mayo de 2018

 

Resumen

Las Comisiones Científicas Departamentales constituyen instancias descentralizadas, a través de las cuales se canaliza y da seguimiento en las instituciones de la Educación Superior a los procesos sustantivos, en concordancia con la política científica del país. Aunque las funciones de los Consejos Científicos Universitarios están establecidas, la práctica educativa develó limitaciones en su funcionalidad a instancia departamental. Se ofrecen precisiones para perfeccionar su funcionamiento y su contribución a la actividad científico-técnica en el departamento docente. Se desarrolló una investigación descriptiva, extensiva a seis Comisiones Científicas correspondientes a la Facultad de Ciencias Pedagógicas, con la ayuda de procedimientos como la observación participante y el análisis documental.

Palabras clave: actividad científico-técnica, Educación Superior, política científica

Abstract

Scientific Commissions are decentralized bodies, through which the policies issued by the Scientific Councils are channeled and monitored, as is the case of the Faculty of Pedagogical Sciences, which advises and controls the Heads of Departments, in the tasks related to the substantive processes, from a scientific perspective. Although the functions of the University Scientific Councils are established, the educational practice revealed limitations in its functionality at the departmental level. Actions are proposed that contribute to improve its operation. A descriptive investigation was developed, which was extended to six Scientific Commissions corresponding to the Faculty of Pedagogical Sciences, with the help of procedures such as participant observation and fundamental documentary analysis.

Keywords: technical-scientific activity, University, scientific policy

Introducción

A nivel internacional están establecidas de una forma u otra, las políticas a seguir por los países en relación con el desarrollo de la ciencia y la tecnología, éstas se expresan en entidades u organizaciones gubernamentales descentralizados, por citar algunos ejemplos: en España el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en México el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en Argentina el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

Según la resolución 165/2014 del Ministerio de Ciencia, tecnología y medioambiente (CITMA) de la República de Cuba, el Reglamento del Consejo Científico para las Universidades refleja que el Consejo Científico Universitario es un órgano consultivo, subordinado al Rector, o sea, una estructura que asesora, estudia, analiza, evalúa y presenta proposiciones y recomendaciones al Rector, en las tareas vinculadas con los procesos sustantivos, desde una óptica científica (CITMA, 2014).

Desde esta óptica, se suscribe la conceptualización que se expresa en la Resolución 165/2014 del CITMA, acerca de las Comisiones Científicas como instancias descentralizadas por áreas del conocimiento, a través de las cuales se canaliza y se da seguimiento a las políticas y/o reglamentaciones emanadas de los Consejos Científicos, específicamente a nivel de Facultad y Universidad, que asesoran, estudian, analizan, evalúan y presentan proposiciones y recomendaciones, en este caso al Jefe del Departamento Docente, en las tareas vinculadas con los procesos sustantivos, desde una óptica científica.

Aun cuando las funciones de los Consejos Científicos Universitarios están establecidas en el reglamento antes mencionado, la interacción de los autores con la realidad educativa, mediante el desempeño de funciones vinculadas al área de Ciencia y Técnica, las vivencias como miembros del Consejo Científico de la Facultad de Ciencias Pedagógicas, en la presidencia de una Comisión Científica Departamental y como Jefes de Departamento a lo largo de varios años, posibilitaron constatar limitaciones en la funcionalidad de las Comisiones Científicas Departamentales.

Se ha podido evidenciar que una de las causas de mayor incidencia está dada por la ausencia, desde instancias ministeriales, de orientaciones concretas acerca de cuáles son las funciones que deben realizar las Comisiones Científicas a este nivel. De modo que la divergencia de opiniones en relación con las funciones o aspectos a atender por las Comisiones Científicas Departamentales, hace que se disgregue el trabajo en acciones que corresponden a otros órganos técnicos o de dirección y/o no se le brinde seguimiento a acciones propias de esta instancia.

En este sentido, el inadecuado funcionamiento de las Comisiones Científicas Departamentales impide que se exploten suficientemente las potencialidades de esta instancia, en función de la calidad de los procesos sustantivos que se desarrollan en la universidad; no se evidencia toda la efectividad necesaria en el seguimiento a la formación doctoral y en la elevación del nivel científico del claustro, lo cual va en detrimento del cumplimiento de los objetivos del Patrón de Calidad de la Junta de Acreditación Nacional (JAN) para la evaluación y acreditación de los programas de doctorado (SEA-Dr.) y maestrías (SEA-M).

Por estas razones el presente trabajo tiene como objetivo ofrecer precisiones que contribuyan a perfeccionar el funcionamiento de las Comisiones Científicas Departamentales en la Facultad de Ciencias Pedagógicas.

Se desarrolló una investigación descriptiva, que permitió caracterizar la situación dada y proponer acciones que pueden generalizarse al resto de las universidades cubanas. La investigación tomó como población para la constatación de la información requerida, las seis Comisiones Científicas Departamentales, correspondientes a la Facultad de Ciencias Pedagógicas. Constituyeron procedimientos de gran utilidad la observación participante, desde las propias Comisiones Científicas a las cuales pertenecen los autores, la observación reiterada al resto de las Comisiones Científicas, la entrevista con algunos de sus miembros y el análisis documental de un número de actas de dichas comisiones.

Desarrollo

Actualidad de las políticas de ciencia y técnica a nivel mundial

En la búsqueda de los sustentos científicos que permitieron profundizar en el tema, se constataron aspectos acerca de la actualidad de las políticas de ciencia y técnica a nivel mundial. La agencia estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) es la mayor institución pública dedicada a la investigación en España y la tercera de Europa. Adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad de este país, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, su objetivo fundamental es desarrollar y promover investigaciones en beneficio del progreso científico y tecnológico, para lo cual está abierta a la colaboración con entidades españolas y extranjeras.

El CSIC cuenta con el 6 % del personal dedicado a la Investigación y el Desarrollo en España (más de 14.000 personas), que genera aproximadamente el 20% de la producción científica nacional. La actividad del CSIC se establece mediante un contrato de financiación del gobierno por una duración de cuatro años. Esta agencia asume, entre otras, las siguientes funciones (Ministerio de la presidencia, 2008, p. 2478 y 2479):

·               Participar en el diseño y la implementación de las políticas científicas y tecnológicas del Ministerio de Educación y Ciencia (actualmente la Agencia Estatal CSIC se encuentra adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación).

·               Colaborar con otras instituciones, tanto nacionales como internacionales, en el fomento de la ciencia y la tecnología, así como en la creación y desarrollo de centros, institutos y unidades de investigación científica y tecnológica.

·               Colaborar con las universidades en las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, en la enseñanza de postgrado y en enseñanzas no universitarias.

 En México el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) es un organismo público descentralizado del Gobierno Federal dedicado a promover y estimular el desarrollo de la ciencia y la tecnología en ese país. Tiene la responsabilidad oficial para elaborar las políticas de ciencia y tecnología nacionales, brinda apoyo económico para los estudiantes, a fin de realizar estudios de posgrado (maestría o doctorado) en universidades con reconocida excelencia académica dentro y fuera del país. En el área del desarrollo tecnológico ha implementado acciones que tendrán por resultado el acercamiento al sector productivo y social para la aplicación de la óptica en la solución de problemas de relevancia regional y nacional. Este órgano cumple, fundamentalmente, las siguientes funciones (Conacyt, 2015, p. 6 y 7):

·               Formular y proponer al Gobierno Nacional las políticas nacionales y estrategias de ciencia, tecnología e innovación y de calidad para el país, en concordancia con la política de desarrollo económico y social del Estado.

·               Auspiciar programas de formación y especialización de los recursos humanos necesarios para el desarrollo del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, desde el uso, difusión y aplicación de conocimientos científicos, tecnológicos, de innovación y calidad que sean cultural, social y ambientalmente sustentables.

·               Constituir comisiones permanentes o comisiones ad hoc para el tratamiento y estudio de temas específicos, así como para la evaluación de proyectos específicos, dentro de las áreas de su competencia.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva es un organismo público dependiente del Poder Ejecutivo Nacional de Argentina. Su misión es orientar la ciencia, la tecnología y la innovación al fortalecimiento de un nuevo modelo productivo que genere mayor inclusión social y mejore la competitividad de la economía Argentina, bajo el paradigma del conocimiento como eje del desarrollo, algunas de sus funciones son:

·         El Ministerio asiste al Poder Ejecutivo Nacional en todo lo inherente a la ciencia, la tecnología y la innovación productiva. Su función principal es contribuir, a partir de estos tres elementos, al desarrollo económico, social y cultural de la Nación, mediante políticas en ciencia, tecnología e innovación que permitan incrementar la capacidad de respuesta a problemas productivos y sociales prioritarios del país.

·         Estimula la labor en ciencia y tecnología y difunde sus resultados para instalar el valor socioeconómico del conocimiento. Así mismo, impulsa la innovación de base tecnológica y su incorporación en la cultura productiva de las empresas argentinas.

·         Se encarga de coordinar y consensuar políticas de mediano y largo plazo, en el entorno local, en aquellos asuntos que sean de interés compartido con otros Ministerios, y a nivel internacional interviene en la formulación y gestación de convenios de integración y cooperación científico-tecnológicos.

Hasta aquí se hace referencia a una visión en el plano internacional, de las políticas a seguir en relación con el desarrollo de la ciencia y la tecnología. Como tendencia su accionar se centra en el establecimiento de políticas nacionales en el orden científico y tecnológico de calidad para el país, en concordancia con el desarrollo económico y social; la colaboración con otras instituciones, tanto nacionales como internacionales, para el fomento y la transferencia de la ciencia y la tecnología; así como la concertación de convenios de integración y cooperación científico-tecnológicos entre los centros, institutos y unidades de investigación científica y tecnológica. De esta manera es que entran a jugar su papel las universidades.

Actualidad de los Consejos Científicos Universitarios en Cuba

Como ya se ha expresado anteriormente, en Cuba el Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), es el órgano estatal que se encarga de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en la actividad científica y tecnológica, así como la política ambiental y otros temas de interés, este órgano no se desentiende, sino que asume coherentemente la consecución y concreción de las políticas de ciencia y técnica en, desde y para las universidades. Consecuentemente con lo planteado, el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, CITMA, da a conocer en la Gaceta Oficial No 37 de la República de Cuba, el 29 de agosto de 2014, con firma del Presidente cubano Raúl Castro Ruz, una nueva política para el reordenamiento de las entidades de ciencia, tecnología e innovación.

Según se plantea en la Gaceta Oficial No. 37 de 2014, de la República de Cuba, se trata de un Decreto Ley y tres Resoluciones del CITMA que lo complementan. Según el documento jurídico las entidades de ciencia, tecnología e innovación son clasificadas como Centro de Investiga­ción, Centro de Servicios Científicos y Tecnológicos y Unidad de Desarrollo e Innovación, lo que es aplicable también para las universidades y sus entidades, teniendo en cuenta su doble función de docencia e investigación. Una de las resoluciones es la no. 165/2014 que contiene el Reglamento para el Consejo Científico de las entidades de ciencia tecnología e innovación, aplicable a las universidades y sus estructuras.

Como se puede apreciar, existe una diferencia sustancial de las tendencias a nivel internacional, con lo que ocurre en Cuba, donde es posible contar con la referencia más actualizada del funcionamiento de los Consejos Científicos y Comisiones Científicas por áreas del conocimiento, en dicho reglamento.

La Resolución 165/2014, en su artículo 1, plantea que el Consejo Científico de la Universidad es un órgano consultivo subordinado al Rector, o sea, una estructura no profesional que asesora, estudia, analiza, evalúa y presenta proposiciones y recomendaciones al Rector, en las tareas vinculadas con los procesos sustantivos, desde una óptica científica. En su artículo 3 hace alusión a las funciones del Consejo Científico Universitario, entre las que se encuentran:

·         Analizar periódicamente el desarrollo y resultados de la actividad de formación del profesional, postgrado, la ciencia, tecnología e innovación y la formación doctoral y postdoctoral y recomendar medidas y acciones para garantizar y adecuar el trabajo científico, de postgrado y de formación de profesionales a este nivel.

·         Evaluar y avalar las propuestas de premios, reconocimientos e investiduras académicas que se proponga entregar a personalidades por los resultados académicos e investigativos, así como el contenido de las obras que presenten los optantes al grado científico de doctor en ciencias.

·         Evaluar y dictaminar sobre la conveniencia de desarrollar nuevos programas de especialidad de postgrado, maestría y doctorados, por parte de la propia universidad y por instituciones extranjeras de educación superior.

·         Analizar la eficiencia del sistema de información científico técnica y emitir recomendaciones sobre los planes de superación y formación científico-pedagógica del personal del centro.

El artículo 36 expresa que el Consejo Científico debe organizarse en todas las universidades. Plantea que a nivel de las facultades se crearán estos y que el Rector y el Consejo de Dirección determinarán las facultades que se eximen de tener Consejos Científicos, teniendo en cuenta, fundamentalmente, el bajo número de profesores en plantilla y su nivel académico y científico. En las áreas (dígase departamentos) se crearán Comisiones Científicas con el objetivo de asesorar el trabajo de dirección en los aspectos que le sean demandados, acorde con sus capacidades.

Las Comisiones Científicas Departamentales

La exploración de la realidad, a través de las visitas desarrolladas por el grupo de evaluación de la calidad a los diferentes departamentos de la Facultad de Ciencias Pedagógicas (FCP) evidencia que, si bien los docentes y Jefes de Departamentos consideran de gran importancia el trabajo de las Comisiones Científicas a este nivel, estos plantean que el trabajo en este sentido aún debe perfeccionarse.

Se ha podido constatar que, aunque desde el propio sistema de trabajo de la FCP se ha creado el espacio necesario para su accionar, de manera general esta instancia, en su esencia, se dirige fundamentalmente a dar seguimiento al proceso de formación doctoral, el cual se hace casi siempre a través de la aprobación de temas de doctorado y rendiciones de cuentas de la etapa de la investigación en la que se encuentre el futuro Máster o Doctor, otro aspecto permanente en las Comisiones Científicas Departamentales lo constituye la aprobación de los proyectos de investigación que se fundamentan desde los departamentos y la aprobación de los cursos de postgrado y diplomados que se van a impartir.

Se ha observado que no constituyen aspectos a tratar en las Comisiones Científicas Departamentales el seguimiento al trabajo científico estudiantil, la aprobación de las propuestas a premios CITMA, el análisis de literatura científica actualizada (en muchos casos esencial para perfeccionar la actividad profesional), existe además, una tendencia muy generalizada de dar seguimiento a los acuerdos emanados del Consejo Científico de la FCP desde un enfoque administrativo, casi siempre en las propias reuniones de departamentos, de modo que se hace necesario establecer acciones para perfeccionar el funcionamiento de las Comisiones Científicas Departamentales.

Dichas acciones son el fruto del trabajo desarrollado por los autores del artículo, en la compilación de diversas fuentes, procesadas e integradas a partir de las propias funciones emanadas del actual Reglamento del Consejo Científico para las universidades cubanas, del análisis documental de disímiles agendas y algunas actas de las Comisiones Científicas a instancia departamental. Se presentó una versión previa a especialistas miembros del Consejo Científico de la FCP, los cuales aportaron sugerencias para su perfeccionamiento.

Precisiones para el funcionamiento de las Comisiones Científicas Departamentales

En consonancia con las conceptualizaciones apuntadas y con el análisis de la realidad educativa precedente, se proponen las siguientes precisiones para el funcionamiento de las comisiones científicas departamentales en la Facultad de Ciencias Pedagógicas: 

Analizar y aprobar proyectos de investigación, a partir de demandas concretas de la práctica educativa: estos pueden ser de alcance institucional, nacional o internacional. La aprobación a esta instancia constituye el primer escalón para su aprobación en el Consejo Científico de Facultad y posteriormente de Universidad. La ficha del proyecto debe regirse por el modelo establecido en las Indicaciones Metodológicas para la Actividad de Programas y Proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación, emanado de la Resolución 44/2012 del CITMA.

Analizar y aprobar fundamentaciones de temas de doctorado: la documentación debe regirse por las normativas de la Comisión Nacional de Grados Científicos (CNGC) a partir del año 2015, que establece nuevos modelos para este proceso. El primer paso en este sentido es la exposición ante la Comisión Científica Departamental, previo análisis de la misma por, al menos, dos de sus miembros. Este es el espacio para sugerir y perfeccionar el tema que defenderá el futuro doctor, posteriormente se propondrá oficialmente el tema al Jefe del Departamento.

Identificar necesidades de superación: debe convenirse de conjunto, el Departamento con la entidad que demanda la superación, dígase Dirección Provincial de Educación, Escuela de Educación Especial, Escuelas Pedagógicas u otra entidad. Deben presentarse detalladamente las problemáticas existentes y las posibles causas, de modo que en trabajo de mesa, los miembros de la Comisión Científica identifiquen concretamente las causas y el problema a solucionar, (en ocasiones puede ser necesario auxiliarse de la aplicación de instrumentos de investigación) y finalmente la Comisión Científica propondrá o sugerirá al Jefe de Departamento Docente las vías para la superación.

Dar seguimiento a los compromisos del área de ciencia y técnica: los compromisos del área de ciencia y técnica se planifican anualmente, por lo general en enero y se deben controlar sistemáticamente por el Presidente de la Comisión Científica (publicaciones científicas, fundamentaciones de expedientes para premios CITMA, participación en eventos, etcétera), este seguimiento no debe ser con fines administrativos, sino con el propósito de, mediante oponencia, perfeccionar el contenido de la producción científica de cada miembro de la Comisión Científica.

Dar seguimiento a la formación doctoral: se sugiere la experiencia de algunos departamentos de la FCP, que desde hace algunos años realizan de manera coherente y sistemática las tutorías grupales. Estas deben realizarse de manera planificada, los investigadores y doctorandos serán agrupados según la etapa de su proceso investigativo, para la realización de talleres que les permitirán el perfeccionamiento y avance en la investigación. Será necesario colegir con los doctorandos y sus tutores su plan de desarrollo, con acciones y plazos concretos, los que se propondrán al Jefe de Departamento. Un aspecto importante para el Departamento Docente que funge como centro autorizado radica en la preparación de sus miembros, por parte de la Comisión Científica, para desarrollar con la calidad requerida los talleres de tesis y actos de pre-defensas.

Brindar solución a las problemáticas relacionadas con los procesos sustantivos del pregrado y el postgrado: la Comisión Científica analiza las problemáticas existentes en los procesos formativos del pregrado y postgrado, que no hayan tenido solución por las diferentes vías del trabajo metodológico, desde una óptica científica y propone soluciones y acciones al Jefe de Departamento Docente.

Analizar y aprobar programas de superación y de la formación académica de postgrado (diplomados, maestrías y doctorados): los programas deben cumplir con las normativas establecidas para la elaboración de este tipo de documento, al ser presentados a la Comisión Científica esta nombrará un oponente que expondrá los aspectos que aún deben ser perfeccionados del programa (si los hubiera) o propondrá al Presidente de la Comisión un acuerdo para su aprobación.

Debatir temas de la literatura científica actual: este constituye un espacio por excelencia para debatir acerca de temas que susciten polémicas y sea necesario llegar a un consenso como son los relacionados con la metodología de la investigación; el empleo de determinado método científico; las pautas a seguir en el trabajo científico estudiantil; en relación con la evaluación de los resultados científicos, por citar algunos ejemplos.

Dictaminar avales: informes parcial y anual del balance de los objetivos de ciencia y técnica, informes de autoevaluación de la calidad en los departamentos, fundamentaciones de proyectos de investigación, informes de validación de los programas de las asignaturas de pregrado y postgrado, programas de superación y de la formación académica de postgrado, informes parciales y finales de los resultados científicos de los proyectos de investigación.

Conclusiones

El estudio realizado, en relación con la problemática existente permitió evidenciar la necesidad de formular precisiones para perfeccionar el funcionamiento de las Comisiones Científicas Departamentales en la FCP. Las precisiones son el resultado de las sugerencias brindadas por un grupo de especialistas consultados y de las mesas de discusión desarrolladas. Algunas de estas acciones confluyen simultáneamente y otras se integran coherentemente de forma sistémica.

Referencias bibliográficas

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