CONSIDERACIONES ÉTICAS Y JURÍDICAS SOBRE BIENESTAR ANIMAL EN UNIDADES DE PRÁCTICA LABORAL INVESTIGATIVA

ETHICAL AND LEGAL CONSIDERATIONS ON WELFARE ANIMAL IN INVESTIGATIONAL LABOR PRACTICE UNITS

Autores: Jorge Orlay Serrano Torres[1]

Jessica Varela Torres[2]

Institución: Universidad de Ciego de Ávila Máximo Gómez Báez, Cuba

Correo electrónico: jorlay@unica.cu

jessica@nauta.cu

Serrano, J.O. & Varela, J.

Consideraciones éticas y jurídicas sobre bienestar animal en …

Pág. 72-82

Recibido: 10/03/2020

Aceptado: 21/06/2020

Publicado: 15/09/2020

Universidad&Ciencia

Vol. 9, No. 3, septiembre-diciembre (2020)

ISSN: 2227-2690 RNPS: 2450

http://revistas.unica.cu/uciencia

RESUMEN

En el presente trabajo se realiza un análisis de las consideraciones éticas y jurídicas sobre bienestar y experimentación animal y se hace referencia a un folleto que reúne la normativa al respecto, publicado como material de apoyo a la docencia. El estudio abarcó un análisis donde se tomó como referencia el conjunto de leyes y regulaciones más importantes puestas en vigor por los países miembros de la Comunidad Europea, incluidas las nuevas legislaciones, uso de alternativas y el control sobre los procedimientos en los experimentos. Se incluyó también lo regulado en Canadá y EE.UU. y al referirse a Cuba se explica lo hecho hasta el presente en materia de protección con respecto al uso de los animales a través de las medidas dictadas por el Centro de Producción de Animales de Laboratorio. En el caso de los animales productivos y utilizados en la docencia se trabajó sobre la base de lo estipulado en Leyes, Decretos-Leyes, Decretos, Resoluciones e Instrucciones del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, el Ministerio de la Agricultura y el Instituto de Medicina Veterinaria. Finalmente, se establece un resumen del folleto que reúne lo legislado en cuanto a protección animal, y de esta forma se orienta el trabajo diagnóstico llevado a cabo por los estudiantes de las Ciencias Agropecuarias durante la práctica laboral investigativa en la Empresa Agropecuaria Ruta Invasora.

Palabras clave: Animales de Laboratorio, Bienestar Animal, Ética, Legislación, Jurisprudencia.

ABSTRACT

In this work, an analysis of the ethical and legal considerations on animal welfare and experimentation is carried out and reference is made to a brochure that gathers the regulations in this regard, published as teaching support material. The study included an analysis where the set of most important laws and regulations put into effect by the member countries of the European Community was taken as a reference, including new laws, use of alternatives and control over the procedures in the experiments. The regulations in Canada and the USA were also included, and referring to Cuba explains what has been done to date in terms of protection with respect to the use of animals through the measures issued by the Center for the Production of Laboratory Animals. In the case of productive animals used in teaching, work was done on the basis of the provisions of Laws, Decree-Laws, Decrees, Resolutions and Instructions of the Executive Committee of the Council of Ministers, the Ministry of Agriculture and the Institute of Medicine Veterinary. Finally, a summary of the brochure is established that gathers the legislation regarding animal protection, and in this way the diagnostic work carried out by the students of Agricultural Sciences is oriented during the investigative work practice in the Ruta Invasora Agricultural Company.

Keywords: Animal Welfare, Ethics, Jurisprudence, Laboratory animals, Legislation.

INTRODUCCIÓN

La entrada al nuevo milenio en el ámbito de la experimentación animal se ha tornado más polémica en el terreno de la ética, por causa del incremento de experimentos con animales transgénicos y los procedimientos de clonación en los últimos quince años. Sin embargo, los cuestionamientos éticos no se centran solo en el campo biotecnológico, todavía persisten deficiencias más simples en experimentos llevados a cabo en centros que no poseen estas tecnologías de avanzada, de tal modo se necesita continuar con la educación ética de los experimentadores y del personal vinculado a los experimentos con animales y su utilización en la docencia y la producción. (Pino, 2002)

La ética en la experimentación animal tuvo sus antecedentes a mediados del siglo XIX en Inglaterra cuando se promulgaron las primeras leyes de protección a los animales domésticos. Esta corriente trascendió a América mediante Henry Bergh, un incansable luchador por la eliminación del abuso con los animales. En Cuba no se estructuró un movimiento proteccionista, sin embargo, hubo pronunciamientos en torno a esto; entre ellos se destaca un artículo del Héroe Nacional José Martí en 1888 titulado “Bergh” con motivo de su muerte donde refiere “(...) maltratar a las bestias, abestia al hombre (...)”, “Los pueblos tienen hombres feroces como el cuerpo tiene gusanos. Se han de limpiar los pueblos como el cuerpo, se ha de disminuir la fiera (...)”. (Martí, 1975, p. 331).

Respecto a los animales de laboratorio utilizados en la docencia, la investigación y la producción, no es hasta la década de los años treinta del siglo XX que comienza el auge de las regulaciones en Europa y los EE.UU. Después fueron perfeccionándose, hasta convertirse en leyes nacionales, disposiciones y principios, recogidas en guías y documentos reguladores. Estas regulaciones se expandieron hacia otros países, una vez que se conformaron organizaciones como el Consejo Internacional para las Ciencias de los Animales de Laboratorio (ICLAS) y el Consejo de Organizaciones Internacionales de Ciencias Médicas (CIOMS).

En Cuba tales regulaciones éticas surgen por la década de los años ochenta y aunque no existen leyes nacionales, sí se han implementado regulaciones con las cuales se orienta el accionar con animales de experimentación. (González, 2012)

El presente trabajo refiere el estado de las regulaciones en algunos países desarrollados y analiza la situación particular con respecto a la experimentación animal en Cuba, ofrece una panorámica de las leyes que rigen el trabajo con los animales productivos, así como su protección y bienestar.

El objetivo de este análisis histórico es reflexionar acerca del trabajo diagnóstico llevado a cabo por los estudiantes de las Ciencias Agropecuarias durante la práctica laboral investigativa en la Empresa Agropecuaria Ruta Invasora, a partir de la aplicación de un folleto que reúne la normativa de las consideraciones éticas y jurídicas sobre bienestar y experimentación animal.

DESARROLLO

La práctica laboral investigativa como escenario de investigación.

El trabajo se inicia a partir visitas a los centros con alojamiento para animales, en las unidades productivas de la Empresa Agropecuaria Ruta Invasora donde tiene lugar la práctica laboral investigativa de los estudiantes de las Ciencias Agropecuarias de la Universidad de Ciego de Ávila, donde se realiza una caracterización del sistema de producción según lo descrito en el Programa para el desarrollo de la producción animal en Ruta Invasora. (Serrano y Martínez, 2019)

Se tomaron como referencia para el análisis, los documentos elaborados por la Comunidad Europea, los requerimientos de formación y cualificación de las personas que trabajan con animales de laboratorio, las guías de Canadá y EE. UU; así como, los lineamientos generales dirigidos a los Centros de Ciencias Médicas y los proyectos de buenas prácticas de laboratorio del Centro para la Producción de Animales de Laboratorio (CENPALAB).

En el caso de los animales productivos y utilizados en la docencia se trabajó sobre la base de lo estipulado en Leyes, Decretos-Leyes, Decretos, Resoluciones e Instrucciones del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, el Ministerio de la Agricultura y el Instituto de Medicina Veterinaria, además se trabajó con el manual publicado como material de apoyo a la docencia ¨Base legal cubana sobre tenencia, protección y bienestar animal¨ (Serrano y Varela, 2020) resumen de los aspectos referidos al tema de protección y bienestar animal, que sirve de guía para el diagnóstico y valoración que deben realizar los estudiantes durante su práctica laboral investigativa.

Hoy reviste especial importancia la relación Ciencia, Tecnología y Sociedad, pues condiciona en gran medida las formas de vida, el modo, el nivel, la prosperidad y las perspectivas de la población cubana. En un sentido más amplio se tiende a buscar en las transformaciones actuales el nexo entre medio ambiente, los seres vivos, la salud y la educación, donde el hombre es el centro y la razón de ser de tantos empeños. Hoy se trabaja en función de las nuevas demandas planteadas por la economía y la sociedad. Nace una relación novedosa entre la Ciencia, la Tecnología, la Sociedad y la Economía. (Albornoz, 2001).

El desarrollo de la práctica laboral investigativa de los estudiantes, los diagnósticos llevados a cabo en las unidades de producción, sus tesis de grado, trabajos de cursos, unido al universo de investigaciones acometidas en las universidades y que implican la experimentación animal, así como la utilización de estos en la docencia, hacen necesario el conocimiento detallado de las normativas vigentes, que regulan y controlan el trabajo con animales.

Breve Reseña histórica

Cuando a finales de los años setenta del pasado siglo se planteó la necesidad de acometer el desarrollo de la Biotecnología en Cuba fue evaluado ante todo la idoneidad del marco político y económico existente para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la producción y la legitimación del conocimiento, es así que se organiza el Frente Biológico en Cuba a inicios de los años 80 en medio del recrudecimiento de las agresiones biológicas estadounidenses contra Cuba (González, 2012); todo lo cual desarrollaría la Industria Biotecnológica Cubana cuando apenas la Biotecnología emergía en los países de mayor desarrollo (Lage, 2013).

Desde su visión tercermundista Cuba acometió la Revolución como proceso histórico-concreto y única solución a sus acuciantes problemas. En un corto plazo alcanzó notables logros en la educación, la salud, la cultura, las ciencias y numerosos programas sociales, desarrollando una visión estratégica de la formación masiva de Capital Humano, la cual tuvo como punto de partida la Campaña de Alfabetización (Morales, 2009). Existía una débil relación entre el gobierno, el sector productivo y las instituciones científicas (Albornoz, 2001).

La utilización de animales en la docencia y la investigación convergen en la toma de posiciones éticas de los investigadores, estudiantes y tenedores los cuales contraen compromisos ineludibles con la sociedad, asumiendo con dedicación absoluta su trabajo, bajo las normas éticas generales válidas siguiendo las regulaciones nacionales e internacionales establecidas para el uso y cuidado de los animales.

El hombre tiene la necesidad de utilizar al animal en la búsqueda del conocimiento humano igual que para alimentarse, vestirse y trabajar. De ahí el deber de respetar al animal, ente auxiliar y ser viviente común a él.

Entre los principios éticos no se deben perder de vista los tradicionalmente aceptados:

Ø  Principio de las tres R de Russell y Burch: Reducción, Refinamiento y Reemplazo. (Balls, 2009)

Ø  Principio de las tres S de Carol Newton: Lo principal en una buena Ciencia (Science) es tener buenas Sensaciones y una buena Sensibilidad. (Smith y Hawkins, 2016)

Ø  Principio de las tres R de Roswell: Los Derechos (Right) de los Animales sobre el Derecho (Right) de la Razón (Reason). (Pardo, 2005).y  (Bernard, 2007)

En la comunidad europea están implantadas dos directivas, la EC 86/609 sobre la experimentación animal y la de Convención Europea para la Protección de Animales Vertebrados utilizados en experimentos y otros procedimientos científicos. Estas directivas aparecen en las legislaciones nacionales sin que exista una obligación explícita de evaluar con el mismo criterio ético los experimentos con animales, en los estados miembros.

Entre las regulaciones más importantes están las licencias a centros científicos, educacionales y personal competente para realizar experimentos; entendiéndose por esto, solo los que hayan recibido formación en los cursos orientados por la Federación Europea de Asociaciones de la Ciencia de Animales de Laboratorio (FELASA).

Adicionalmente la Comunidad Económica Europea (CEE) creó dos grupos de trabajo, el Eurogrupfor Animal Welfare (EAW) y el European Biomedical Research Association (EBRA). El EAW actúa como canal de comunicación entre las organizaciones protectoras de animales de los estados miembros con las instituciones de la Unión Europea (el Consejo de Ministros, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Comité Económico y Social). El EBRA promueve la divulgación de los beneficios para la salud humana y animal de los resultados obtenidos en experimentos y pruebas biológicas realizados con animales y trata de hallar un balance entre su uso en la ciencia y el bienestar de estos.

En Canadá y EE.UU., existe una política de regulaciones concerniente a los animales de laboratorio que se recogen en la guía dirigida a institutos de investigación y universidades, en esencia recoge los mismos aspectos de las regulaciones europeas, aunque ellos adicionaron el Acta de Ontario con la cual se puede someter a procedimiento judicial a los infractores de las regulaciones.

En Cuba existen leyes de protección de la fauna, respecto a los animales afectivos a los de laboratorio, y los utilizados en la docencia y la producción experimental no hay leyes aprobadas nacionalmente; tampoco existe un organismo que regule la autorización de licencias para experimentar tanto a instituciones, como a personas; no así en el caso de los animales de producción que, si es regulado por el antes Instituto de Medicina Veterinaria, hoy departamento de Sanidad Animal. Sin embargo, en los centros de experimentación existen regulaciones y los polos científicos promueven la calificación de todo el personal vinculado al uso de animales, mediante los cursos que se imparten en diferentes entidades de investigaciones o universitarios.

En el caso de los animales de producción la legislación abarca una serie de medidas de protección que se refrendan en los siguientes cuerpos legales: Ley No.1224 del Instituto de Medicina Veterinaria (IMV); Decreto-Ley No. 137 de la Medicina Veterinaria; Decreto No. 110 Reglamento para la protección sanitaria del ganado porcino; Decreto No. 176 Protección a la apicultura y a los recursos melíferos; Decreto No. 181 Contravenciones de las regulaciones sobre medicina veterinaria; Resolución No. 346 de 1986: Reglamenta la importación de animales, productos de origen animal, productos biológicos y materiales de cualquier origen susceptibles de causar perjuicios a la salud animal en la República de Cuba; Resolución Conjunta No. 1 de 1992; Resolución No. 1 de 1995, y Resolución No. 1 de 1998; Instrucción No. 2 del 2001, la cual prohíbe determinadas actividades turísticas en áreas relacionadas con la producción pecuaria; así como la Resolución No. 3 del 2003; Resolución No. 2 del 2004 y la Resolución No. 1 del 2007, todas tiene en común  que protegen los recursos vivos y contribuyen al control de las actividades ilícitas con utilización de animales, aunque en alguna medida adolecen de regulaciones encaminadas a la protección animal en sí.

Las primeras regulaciones cubanas fueron elaboradas por el Centro de Experimentación con Animales de Laboratorio (CEAL), dirigido a los Institutos y Facultades de Ciencias Médicas. Posteriormente, con la creación del Centro nacional para la producción de animales de laboratorio (CENPALAB) (González, 2010), se editaron dos guías, que sirven de referencia a los centros científicos del país, quienes deben adaptar estas a sus características y elaborar sus propias regulaciones. De este modo, la aprobación de un experimento o ensayo queda a la decisión de las direcciones de cada centro, auxiliados por sus respectivos comités de ética, de igual manera se comporta en los centros educacionales, donde a nivel de disciplina y de departamento son aprobados los experimentos y la docencia que incluye la utilización de animales.

Existe además una entidad reguladora, el Centro para el Control de los Medicamentos (CEDMED), cuya función es la supervisión de las pruebas o ensayos de medicamentos e indirectamente controlar, el uso adecuado de los animales de laboratorio, en los centros productores.

Sobre el folleto:

Se llevó a la práctica el trabajo con el manual (Serrano y Varela, 2020) antes presentado en la parte teórica de la asignatura y para que sea referencia de guía a los estudiantes en la realización del diagnóstico de las unidades productivas durante la Práctica Laboral Investigativa (PLI). Ya que reúne la normativa referida a la adquisición, tenencia, protección y bienestar animal, es la oportunidad además de que los estudiantes en su gestión muestren dicho documento a los tenedores de animales, al personal técnico y a los directivos pues el mismo expone deberes y obligaciones que debe regir la crianza animal, a fin de garantizar un mejor confort, todo ello a través de Leyes, Decretos-Leyes, Decretos, Resoluciones e Instrucciones del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, el Ministerio de la Agricultura y el Instituto de Medicina Veterinaria.

Sobre el trabajo en la práctica laboral

Las dificultades detectadas en las unidades de producción por los estudiantes durante la PLI relacionadas con la tenencia de los animales, en gran medida están asociadas a una inefectiva o inadecuada aplicación de las regulaciones sobre el uso, tenencia y explotación de animales, además, no hay un dominio general por parte de los tenedores sobre las regulaciones referentes a los procedimientos de trabajo.

Los inconvenientes son factibles de resolver al tener en cuenta que la ética en la experimentación, utilización en la docencia, así como en condiciones de producción no debe limitarse a no causar daño físico innecesario al animal, sino que lleva implícito proporcionar bienestar físico y psíquico, lo cual se consigue cuando el proceder se ajusta al contenido de las guías o al reglamento y a la educación y actualización del personal en la materia.

Proyecciones de trabajo para la mejora del trabajo jurídico con los productores y la preparación de la PLI

1.  Se debe designar un colectivo o persona que oficialmente oriente la actividad ética en el uso de animales como modelos experimentales para los institutos y facultades, así como los animales productivos, utilizados en la docencia.

2.  Designado el “controlador” debería facilitársele la posibilidad de visitar los centros productivos donde tendrán lugar las actividades docentes, las PLI, así como conocer todos los trabajos tesis y experimentos que incluyan modelos experimentales, con la finalidad de intercambiar y asesorar a los comités de ética sobre los aspectos en los cuales deben mejorar durante la experimentación animal.

3.  Encomendar a los comités de ética a probar los protocolos que incluyan animales, y consultar previamente el parecer de un especialista en animales de laboratorio.

4.  Que los comités de ética velen porque todas las personas vinculadas al uso de animales de laboratorio estén previamente impuestos del contenido del reglamento o guías y que hayan recibido instrucción a través de cursos o conferencias.

5.  Extender los programas de cursos o conferencias sobre (Animales de Laboratorio, Bienestar Animal) a todos los centros o preparar a uno o más especialistas procedentes de estas instituciones para que después impartan tales cursos en sus respectivos centros.

6.  Incorporar en la enseñanza de pregrado y postgrado un curso elemental sobre ética en la experimentación con animales.

CONCLUSIONES

El presente trabajo pone a disposición una revisión sobre consideraciones éticas y jurídicas, vinculado al bienestar animal y su relación con la experimentación y la docencia que actualiza en el ámbito internacional y en Cuba, con un recuento histórico del avance en este sector.

Se relata cómo la práctica laboral investigativa es el marco para emplear los conocimientos recibidos en clases al poner en práctica el folleto complementario.

La utilización del folleto durante la práctica laboral viabiliza el trabajo, facilita el diagnóstico, orienta a los estudiantes, tenedores y directivos sirve como guía y contribuye a la capacitación en el tema de ética y legislación.

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[1] Dr MV MSc Profesor Asistente Facultad de Ciencias Agropecuarias

[2] Estudiante de 5to Año de la Facultad de Derecho